Incoterms 2020: los câmbios finales

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Incoterms 2020: los câmbios finales

Finalmente, la espera de Incoterms 2020 ha terminado. Mucho se ha especulado en los últimos meses sobre posibles cambios y hemos publicado aquí algunas de estas especulaciones, como https://blog.intradebook.com/es/incoterms-2020-los-nuevos-incoterms-2/.

Cada 10 años la Cámara de Comercio Internacional (CCI) actualiza los términos para que puedan seguir reflejando el escenario actual del comercio mundial.

Ahora se ha publicado el texto final, con los siguientes cambios:

  1. Conocimiento de embarque (BL) emitido a bordo para transacciones FCA: bajo este término comercial, el lugar de entrega puede tener lugar en las propias instalaciones del vendedor/exportador o en otro lugar mencionado en el contrato. El término FCA se ha revisado para incluir un mecanismo opcional en el que el comprador/importador, responsable de contratar la carga principal, debe indicar al transportista que emita el BL a bordo al vendedor poco después del envío. Inmediatamente después, el vendedor enviará el conocimiento de embarque al comprador para permitir que la carga se despache en su destino.
  1. Diferentes niveles de cobertura de seguro para los términos CIF y CIP: aunque el punto de transferencia de riesgo es el mismo para ambos (carga entregada al transportista principal, contratada por el vendedor), la cobertura mínima requerida es diferente para cada uno. El término CIF permanece con el requisito de cobertura mínima: Cláusula (C). Mientras que para el término CIP, la necesidad de un seguro con la máxima cobertura: la Cláusula (A) entrará en vigencia. Pero las partes son libres de negociar diferentes niveles de cobertura, como se describe expresamente en el contrato, para evitar futuras disputas.
  1. Transporte en vehículos propios: considera que el transporte puede hacerse por sus propios medios, y no es obligatorio contratar a terceros para llevar a cabo esta actividad, bajo FCA, DAP, DPU y DDP.
  1. Seguridad del transporte: inclusión de requisitos claros con respecto a las obligaciones de las partes con respecto a la seguridad del transporte y los costos involucrados.
  1. Inclusión de notas explicativas para los usuarios: para cada término que se describirá, se ha incluido una nota explicativa para los usuarios con detalles sobre cuándo usarla (incluidas las comparaciones con otros términos), el punto de transferencia del riesgo y cómo los costos deben ser asignados.
  1. Reorganización de la asignación de costos: en esta nueva versión, el arreglo de costos estaba muy bien detallado entre las notas A9 y B9. Esta actualización surgió de la necesidad de enumerar todos los costos involucrados en la operación en una sesión de la guía.
  1. Substitución de DAT por DPU: el cambio se realizó para hacer explícito que la entrega puede llevarse a cabo en cualquier ubicación con nombre, no solo en una terminal. Es importante enfatizar que la entrega y la transferencia del riesgo ocurren después de la descarga de los bienes, disponibles para el importador. Los trámites aduaneros (despacho) en este caso son responsabilidad del importador.

Incoterms 2020: los câmbios finales

Tenga en cuenta que de acuerdo con las reglas de INCOTERMS, no es obligatorio aplicar los términos actualizados, siempre que se indique en los documentos qué versión utilizará.

Fuente: Basado en un texto de Natália F. Bilheri, coordinadora de importación/exportación e Intradebook. Imagen: Natália F. Bilheri

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